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lunes, 29 de diciembre de 2008

Uruguay: permiten el cambio de sexo en el DNI a los menores de 12 años

Uruguay: permiten el cambio de sexo en el DNI a los menores de 12 años



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[17/12/2008 | 12:48 ] Luego de un acalorado debate, en el que no faltaron las discusiones filosóficas, el Senado uruguayo aprobó ayer la normativa, y dio su paso a la Cámara de Diputados.

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Desde las gradas del recinto, varios militantes transexuales escucharon las deliberaciones en silencio. Entre otros temas, se planteó si los travestis irán a baños de hombre o de mujer luego de cambiarse el nombre; si esta nueva ley podría afectar el divorcio, las adopciones, la tenencia de hijos y hasta la reproducción asistida; si algunas personas harán el cambio de sexo registral para beneficiarse por los derechos jubilatorios y si esto abre la puerta a la creación de un "tercer sexo" a nivel jurídico.

La iniciativa fue aprobada sólo por los legisladores del Frente Amplio, que ocupan 17 de las 27 bancas. Ésta permite a los transexuales adecuar su nombre en registros y documentos públicos si la identidad sexual está en conflicto con el sexo biológico desde al menos dos años. En estos casos no se requiere la operación, y el trámite debe realizarse ante los juzgados de familia, al que se deberá asistir con un informe técnico multidisciplinario en identidad de género.

El artículo más polémico es el que refiere al cambio de sexo registral en menores de 12 años. Después de mucho discutir, se consensuó que, en estos casos, se cuente con la autorización expresa de los padres o tutores.

Para el senador de la oposición Francisco Gallinal es "aberrante" que se autorice a menores de 18 años a hacer el trámite e incluso "a un niño de 5 o 7 años" cuando "todavía no ejerce su libre albedrío".

El tema del matrimonio gay también estuvo sobre el tapete, debido a que el cambio de sexo en los registros públicos "permitirá ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición". Es por ello que se decidió agregar un artículo, a pedido del senador blanco Enrique Antía, en el que se especifica que el oficial del Registro Civil debe informar en forma reservada al futuro cónyuge sobre el cambio de identidad.

En este caso, los partidos tienen una diferencia de fondo: mientras que para los colorados no se trata de matrimonio homosexual porque sería entre hombre y mujer según la ley, para los blancos sí, ya que el sexo biológico de las personas se mantendrá en la mayoría de los casos.

Según estimaciones oficiales, de aprobarse esta ley se beneficiará a cerca de 3.000 transexuales que residen en Uruguay.



|| Fuente: 17 de diciembre de 2008 (Infobae)
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